
Normas más estrictas para el certificado energético
Las nuevas normas (basadas en la Ley de energía de edificios de noviembre de 2020) se aplicarán inicialmente solo a los certificados de eficiencia energética que se expidan a partir de esa fecha. Dado que un certificado energético tiene siempre una validez de diez años, es posible que tenga suerte: si su certificado energético actual se expidió después de 2011, no necesitará uno nuevo por el momento. Los propietarios que solo utilizan su inmueble para uso propio y no tienen previsto venderlo ni alquilarlo tampoco tienen que preocuparse por este tema. Los cambios son relevantes para los vendedores o arrendadores cuyo certificado energético tenga más de diez años o aún no lo tengan.
Diferencia entre certificado de demanda y certificado de consumo
En el futuro seguirá habiendo básicamente dos tipos de certificados energéticos: el certificado de demanda y el certificado de consumo. Para expedir un certificado de demanda, expertos evalúan el inmueble y calculan la demanda energética prevista en función del estado de la construcción, el aislamiento térmico, la tecnología de calefacción, etc. Por el contrario, los certificados de consumo solo documentaban el consumo energético de los habitantes anteriores durante los últimos tres años. En consecuencia, los costes de ambos tipos de certificados energéticos eran muy diferentes: un certificado de demanda costaba entre 400 y 500 euros, mientras que los certificados de consumo se podían adquirir por entre 25 y 100 euros. Pero esto va a cambiar, ya que ahora los certificados de consumo también deben contener información más detallada.
¿Qué cambios entrarán en vigor a partir del 1 de mayo de 2021?
Antes de nada, hay que decir que se trata de cambios más bien pequeños y difusos, cuyos efectos prácticos son difíciles de evaluar. Para no perder la perspectiva ante todas estas sutilezas y asegurarse de que la venta o el alquiler de su inmueble no fracasen por un pequeño error en el certificado energético, lo mejor es contar con la ayuda de un profesional inmobiliario con experiencia. Él sabrá exactamente qué obligaciones legales hay que cumplir y en qué casos son relevantes. A continuación, le ofrecemos una pequeña selección de las nuevas normas: 1.) Los certificados energéticos recién expedidos deben indicar las emisiones de gases de efecto invernadero. De este modo se garantiza que, además de los gastos de funcionamiento previstos, la compatibilidad climática del inmueble sea fácilmente visible en el certificado energético. – 2.) Los certificados de consumo también deben describir ahora con precisión la calidad energética de los edificios e instalaciones, lo que hasta ahora solo era necesario en los certificados de demanda. Esto incluye numerosos datos detallados, hasta la fecha de vencimiento de la próxima inspección de un sistema de aire acondicionado. – 3.) También se endurece la responsabilidad del propietario por datos incorrectos o poco claros en el certificado energético. El certificado siempre lo expide un experto, pero muchos datos los puede proporcionar usted mismo como propietario (por ejemplo, en forma de fotos). Sin embargo, en ese caso usted será responsable de la veracidad de los datos y deberá garantizar que el emisor del certificado energético pueda realizar una evaluación fiable a partir de ellos. – 4.) La obligación de incluir determinados datos obligatorios sobre el consumo energético en los anuncios inmobiliarios ya se introdujo con la modificación de la EnEV en 2014. Estos datos obligatorios, así como las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento, se mantienen sin cambios, pero en el futuro no solo se aplicarán al propietario, sino también explícitamente a los agentes inmobiliarios.
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- haufe.de: Obligaciones y plazos del certificado energético
- bund.de: Ley de energía de edificios
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