
Compensación por ganancia: lo que hay que tener en cuenta en caso de divorcio
En Alemania, la mayoría de los matrimonios se celebran sin contrato matrimonial. Muchos consideran que un contrato matrimonial es un trámite burocrático innecesario y creen que es una mala señal pensar en el divorcio antes de casarse. Sin contrato matrimonial, el matrimonio se considera en cualquier caso una «comunidad de ganancias». Esta definición jurídica implica que, en caso de divorcio, cada uno de los cónyuges no solo tiene derecho a la mitad de los bienes comunes, sino también a una compensación por las ganancias obtenidas, es decir, es decir, una parte del 50 % del importe en que ha aumentado el patrimonio de su cónyuge durante los años de matrimonio. La compensación por ganancia patrimonial suele plantear dificultades especiales cuando se trata de la división de un inmueble. Existen al menos tres casos muy diferentes entre sí.
Caso 1: el inmueble pertenece a ambos cónyuges en partes iguales
Si ambos cónyuges figuran como propietarios en el registro de la propiedad y el inmueble es de su propiedad conjunta, no hay compensación por ganancia. Por lo tanto, el inmueble se divide simplemente —y esto ya es bastante difícil— a partes iguales entre ambos cónyuges. Si uno de los cónyuges desea seguir viviendo en el inmueble, debe pagar al otro la mitad del valor en efectivo; en caso de venta, ambos reciben la mitad del producto de la venta.
Caso 2: uno de los cónyuges es el único propietario y ha aportado el inmueble al matrimonio
Si uno de los cónyuges es el único propietario y ha comprado o heredado el inmueble antes del matrimonio, este seguirá siendo, en principio, de su propiedad exclusiva tras el divorcio. Sin embargo, cualquier aumento del valor del inmueble durante los años de matrimonio constituye una ganancia (patrimonial), lo que significa que se debe pagar una compensación por ganancia al cónyuge divorciado. Un ejemplo: en el momento del matrimonio, el valor del inmueble era de 300 000 euros. veinticinco años después se produce el divorcio y el valor ha aumentado a 500 000 euros. Debido a la ganancia de 200 000 euros, el propietario del inmueble debe pagar a su cónyuge divorciado una compensación por ganancia de 100 000 euros.
Caso 3: Uno de los cónyuges es el único propietario y ha adquirido el inmueble durante el matrimonio
La situación es muy diferente si el inmueble fue adquirido o heredado por uno de los cónyuges después de contraer matrimonio. En ese caso, el valor total del inmueble se considera ganancia patrimonial durante el matrimonio. Así, por ejemplo, el patrimonio de uno de los cónyuges se ha incrementado en 500 000 euros, es decir, el valor total del inmueble, en el caso de un inmueble heredado que valía 300 000 euros en el momento de la herencia y que ahora vale 500 000 euros, todo ello dentro del periodo de vigencia del matrimonio. En caso de divorcio, el otro cónyuge tiene ahora derecho a una compensación por ganancia de 250 000 euros, la mitad del valor total del inmueble, aunque no sea copropietario.
En la práctica, la situación suele ser aún más complicada cuando aún no se han pagado los préstamos o la propiedad está hipotecada. El deseo de uno de los cónyuges de seguir viviendo en la vivienda después del divorcio a menudo fracasa porque no puede pagar a su ex cónyuge. La compensación por ganancia extra garantiza que incluso los propietarios únicos se encuentren a menudo en esta situación. La única salida es entonces vender la propiedad.
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- https://de.wikipedia.org/wiki/Zugewinn
- https://www.destatis.de/DE/Themen/Gesellschaft-Umwelt/Bevoelkerung/Eheschliessungen-Ehescheidungen-Lebenspartnerschaften/_inhalt.html#
- https://de.wikipedia.org/wiki/Ehevertrag
Aviso legal: este artículo no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico en casos concretos. Consulte los detalles de su caso concreto con un abogado y/o asesor fiscal.
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