
Insolvencia privada: ¿qué ocurre con mi inmueble?
¿Qué significa la insolvencia privada para los propietarios de inmuebles?
La insolvencia privada es un procedimiento mediante el cual las personas físicas sobreendeudadas tienen la posibilidad de saldar sus deudas en un plazo determinado o de obtener una condonación parcial de las mismas. Por lo general, un deudor en situación de insolvencia privada no puede conservar su piso o su casa, ya que estos se consideran parte de su patrimonio y, por lo tanto, pueden ser embargados. Esto significa que se embargan y, posteriormente, se subastan.
¿En qué circunstancias puedo conservar mi vivienda propia a pesar de la insolvencia?
Incluso en caso de insolvencia, es posible conservar la vivienda propia bajo determinadas condiciones. A través del administrador concursal se puede obtener una denominada «exención», por la que la vivienda propia se excluye de la masa concursal. El requisito para ello es que las deudas sean superiores al valor de venta posible. El administrador concursal decide al respecto, a menudo a favor de la exención, si el producto de la venta no satisfaría suficientemente a los acreedores.
¿Tengo que abandonar mi vivienda en caso de insolvencia?
En caso de insolvencia privada, los deudores no tienen que abandonar inmediatamente su inmueble, pero puede producirse una venta o una subasta forzosa en el transcurso del procedimiento. Por lo tanto, es aconsejable prepararse con antelación para una posible mudanza y buscar alternativas, como un piso de alquiler. El asesoramiento de una oficina de asesoramiento para deudores o de un abogado le ayudará a comprender mejor sus derechos en el procedimiento de insolvencia.
Inmuebles alquilados: ¿qué ocurre en caso de insolvencia privada?
En el caso de los inmuebles alquilados, el administrador concursal suele comprobar si la venta puede contribuir a la liquidación de la deuda. Dado que estos inmuebles se consideran una inversión de capital y no son de primera necesidad, en la mayoría de los casos se venden en caso de insolvencia privada, lo que supone la pérdida del inmueble para el propietario.
Venta forzosa: ¿cuándo es inevitable?
Una venta urgente es necesaria cuando ya no se pueden pagar las cuotas del crédito o el valor del inmueble sirve para saldar la deuda. En caso de insolvencia privada, el administrador concursal organiza la venta y el producto de la misma se destina a la masa concursal. El propietario suele tener poca influencia en este proceso y, a menudo, debe contar con una venta rápida por debajo del valor de mercado para satisfacer rápidamente a los acreedores.
Conclusión
Para los propietarios de inmuebles, la insolvencia privada suele suponer un duro golpe. La venta del inmueble depende de su valor, su uso y las posibilidades financieras del deudor. Una venta urgente suele ser inevitable cuando los costes ya no son asumibles o el inmueble es necesario para saldar la deuda.
¿Es usted propietario de un inmueble y tiene preguntas sobre la insolvencia privada? ¡Póngase en contacto con nosotros! Estaremos encantados de asesorarle.
Notas:
En este texto se utiliza el masculino genérico para facilitar la lectura. Las identidades de género femeninas y de otro tipo se incluyen expresamente en la medida en que sea necesario para el significado.
Aviso legal: este artículo no constituye un asesoramiento fiscal o jurídico en casos concretos. Le recomendamos que consulte los detalles de su caso concreto con un abogado y/o asesor fiscal.
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